Dña. Nuria Morillo, directora del bufete, es elegida Presidenta de la Sociedad Asturiana de Derecho Sanitario


Dña. Nuria Morillo Fernández, ha sido elegida Presidenta de la Sociedad Asturiana de Derecho Sanitario, por unanimidad  en la  Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 29 de diciembre de 2014 
Sobre SADS
SADS es una entidad que agrupa a letrados especialistas que trabajan en el sector del derecho sanitario y de las negligencias médicas.

SADS tiene por objeto promover el desarrollo de los estudios, investigaciones, la cooperación científica entre los estudiosos de las materias propias de su denominación, así como  la promoción y difusión del Derecho Sanitario entre la ciudadanía.
MorilloFernándezAbogados

¿Por qué es importante el asesoramiento de un abogado experto en negligencias médicas?




En estos procedimientos en los que se intenta demostrar una responsabilidad por parte del médico y, para reclamar por una mala praxis, resulta imprescindible un asesoramiento muy especializado, así como, la colaboración entre distintos profesionales: entre abogados expertos en Derecho sanitario y Derecho Médico que conozcan todas las vicisitudes inherentes a este tipo de reclamaciones y peritos médicos especialistas independientes e imparciales.

Negligencia médica. Supuestos más frecuentes.




La Negligencia Médica supone un incumplimiento de la “lex artis ad hoc” por parte del facultativo al no poner a disposición del paciente los medios humanos, técnicos y científicos adecuados derivándose de esta acción u omisión un daño para el paciente.
Las más comunes son las siguientes:
-       Retraso en el diagnóstico.
-       Error en el diagnóstico o en su interpretación..
-       Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente.
-       Prescripción inadecuada de medicamentos.
-       No seguimiento de protocolos.
-       Transmisión por transfusión sanguínea de enfermedades como Hepatitis o SIDA.
-       No obtención del resultado prometido en cirugía estética, en liposucciones, procesos de adelgazamiento, colocación de prótesis, etc.
-       Daños producidos por el propio material quirúrgico o bien por su olvido en el interior del paciente.
-       Fallecimiento por no prestarse asistencia sanitaria de urgencia.
-       Falta de consentimiento informado. 
-       Falta de supervisión post-operatoria.

¿Cuál es nuestro método de trabajo?

Morillo Fernández Abogados cuenta con una AMPLIA COLABORACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS Y PERITOS MÉDICOS, que estudiarán su caso, señalando las posibilidades de que exista una negligencia médica en la atención recibida: Una vez contemos con todo el historial clínico en nuestro poder, un perito experto en la materia tras el estudio del caso, emitirá un preinforme que nos ilustre sobre la atención prestada al paciente y la existencia de la negligencia médica, orientando al equipo jurídico sobre el posible error médico cometido, realizando la oportuna valoración pericial y económica, que será comunicada a nuestro cliente. Confirmada la existencia de mala praxis y, comunicado por nuestro cliente su intención de reclamar, se emitirá un posterior INFORME PERICIAL en el que concrete cuales han sido los errores médicos, fundamentándolos, estableciendo el nexo o relación de causalidad entre esos errores y el resultado lesivo o daño infringido a la víctima.



Una vez que se realiza el estudio médico de la documentación, se ha de realizar una VALORACIÓN JURÍDICA del caso para tener en cuenta el plazo del que se dispone para reclamar, cual es la vía jurisdiccional más adecuada y que resultados se han obtenido en casos de similares características, qué valoración puede realizarse del daño derivado de la deficiente atención médica y por tanto, cual es la indemnización a reclamar.
Así, para Morillo Fernández Abogados, el  éxito en las reclamaciones se fundamenta en el trabajo previo, con el estudio y la preparación del caso con rigor, interponiendo la demanda con el sólido convencimiento de que se ha producido una Negligencia Médica.


ENTREVISTA A DÑA. NURIA MORILLO. REVISTA 67 - COCEMFE Asturias

Cada día es mayor el número de demandas por presuntas negligencias sanitarias cometidas, tanto en la sanidad pública como en la sanidad privada.
Mi experiencia, tanto personal como profesional, en este ámbito tan especializado del derecho, me ha hecho consciente del  alto grado de desinformación de los clientes, respecto a qué hacer en estos casos y cuáles son los requisitos, plazos y vías que existen para reclamar. Este artículo pretende colmar esas primeras preguntas jurídicas que les sobrevienen.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CONCURRIR PARA PODER HABLAR DE NEGLIGENCIA SANITARIA?
Para que pueda prosperar una acción de reclamación por responsabilidad sanitaria es preciso que concurran tres grandes requisitos: la violación de la lex artis, la existencia de un daño y la relación de causalidad entre los dos primeros.

¿QUÉ ES LA LEX ARTIS? NATURALEZA DE LA OBLIGACIÓN DEL PROFESIONAL DE LA MEDICINA.
Una mala praxis médica consistiría en la vulneración de alguno de los deberes o parámetros médicos que, con arreglo a
las circunstancias
(...) CONTINÚA 



El SESPA condenado a reembolsar los gastos médicos a una cliente de nuestro despacho

 

·         La paciente precisó los Servicios de la Clínica Universitaria de Navarra para extirpar el cáncer de colon que padecía.

·         

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00611/2017

Autos: Demanda 439/17

 

SENTENCIA

En la ciudad de Oviedo, a veintitrés de noviembre del año dos mil diecisiete.

Vistos por Dª María del Pilar Muiña Valledor, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Social N º 1 de Oviedo, los presentes autos seguidos con el número 439/17 siendo demandante Dª Ana Fernández Álvarez representada por la Procuradora Sra. Carnero López y asistida de la letrada Dª Nuria Morillo Fernández y demandado el Servicio de Salud del Principado de Asturias representado por el letrado D. Pablo Cabo Pérez y que versan sobre reintegro de gastos

 

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El día ocho de junio del año dos mil diecisiete se presentó la demanda rectora de los autos de referencia, en la que, tras la alegación de los hechos y fundamentos que se estimaron oportunos se suplica que se dicte sentencia en la que se deje sin efecto la resolución dictada por la dirección de atención y evaluación sanitaria del Sespa de fecha 12 de mayo de 2.017 condenando a la entidad demandada al abono a la solicitante de los gastos médicos producidos como consecuencia de la atención en la Clínica Universitaria de Navarra que ascienden a 16.631,96 euros más otros 1.330 euros por gastos de alojamiento.

SEGUNDO.- En el acto del juicio celebrado el día veintidós de noviembre, la parte actora se ratificó en su petición, oponiéndose el demandado por las razones que constan en el acta, recibiéndose el juicio a prueba, practicándose documental, informando nuevamente las partes en apoyo de sus pretensiones.